Devolucion de las prestaciones de la seguridad social para los autónomos
A partir del 1 de julio de 2024, se han ampliado los plazos máximos y reducido los importes mínimos que los autónomos pueden solicitar a la Seguridad Social para fraccionar el reembolso de prestaciones reclamadas.
A continuación, se explican las modificaciones y los beneficios de esta medida.
Extensión de plazos y disminución de importes mínimos
Desde esa fecha, los autónomos podrán devolver prestaciones indebidas en hasta 60 cuotas mensuales (equivalente a cinco años), con un pago mínimo mensual de 100 euros. No se podrán acordar pagos por debajo de esta cantidad.
¿Quiénes se benefician de esta medida?
Esta iniciativa puede ayudar a miles de autónomos que, según la evaluación de sus mutuas o de la Seguridad Social, hayan recibido prestaciones a las que no tenían derecho, como el cese de actividad durante la pandemia, una incapacidad permanente, o el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Los autónomos podrán devolver estas prestaciones en hasta 60 plazos, lo que representa un año más respecto al plazo anterior. La cuota mínima será de 100 euros, sin posibilidad de reducción.
Requisitos para solicitar el fraccionamiento
La decisión de autorizar y establecer los plazos de pago fraccionado recae en los directores de las administraciones de la Seguridad Social. Para obtener esta autorización, los autónomos deben demostrar que su situación económica, evaluada a discreción por la autoridad competente, impide realizar el reembolso en el plazo original indicado en la reclamación.
Si se rechaza la solicitud de fraccionamiento, la resolución establecerá un nuevo plazo de 15 días desde la notificación para realizar el pago. Si el plazo inicial otorgado es mayor, se mantendrá dicho plazo, generalmente fijado en el último día hábil del mes siguiente a la primera notificación.
Es crucial cumplir con los pagos acordados, ya que la falta de pago de alguna de las cuotas puede resultar en la exigencia del reembolso total en un único pago.
Procedimiento para solicitar el pago fraccionado
Los autónomos que reciban una notificación de la Seguridad Social solicitando el reembolso de una prestación indebida y no puedan realizar el pago en una sola vez debido a sus ingresos, pueden solicitar el fraccionamiento del pago a la Tesorería. Este trámite estará disponible con los nuevos plazos desde el 1 de julio.
Los pasos para solicitar el fraccionamiento son:
1. Acceder al enlace proporcionado por la Seguridad Social.
2. Identificarse mediante el sistema Cl@ve Permanente.
3. Presentar la solicitud de fraccionamiento.
4. Adjuntar la documentación que demuestre su situación económica y demás circunstancias.
Esta nueva normativa proporciona mayor flexibilidad y alivio financiero a los autónomos que necesitan fraccionar el reembolso de prestaciones reclamadas por la Seguridad Social, permitiendo un plazo de pago más largo y mensualidades más accesibles, sin comprometer significativamente su estabilidad económica.
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