Bases máximas y mínimas de cotización para 2024
La Orden PJC/281/2024, con efectos retroactivos a partir del 1 de enero de 2024, ajusta el tope mínimo y las bases mínimas de cotización a la Seguridad Social en consonancia con el salario mínimo interprofesional establecido para 2024.
La modificación parcial de la Orden Ministerial PJC/51/2024, realizada por la Orden PJC/281/2024, eleva el tope mínimo y las bases mínimas de cotización a la Seguridad Social en la misma proporción que el salario mínimo interprofesional para 2024, vigente desde el 1 de enero de 2024.
Cualquier diferencia de cotización resultante de estas modificaciones, con respecto a las cotizaciones ya realizadas, puede ser abonada sin recargo hasta el último día del mes siguiente al que la TGSS notifique la actualización de las liquidaciones de cuotas afectadas.
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